Consideraciones sobre Maquinaria Usada (copiar)
Enfoque en China

Esta es la casa del jabonero. El que no cae, resbala.

La semana pasada nos contactó un importador solicitando soporte para una carga que fue importada mediante un Courier. Nada particular, excepto que, por una equivocación del proveedor, el producto venia con marcas registradas. Las clásicas marcas tipo Toyota,Nissan,Chevrolet,etc. Desconocemos si los productos son originales y/o fueron vendidos por un proveedor autorizado. Para estos casos hay que tener en cuenta algunos puntos:

Marca Registrada:
Puede ser corroborada en Indecopi, incluso existe un servicio virtual donde dependiendo de la categoría informan si el producto tiene patente y/o representante en el país. En caso se encuentre en alguno de esos supuestos, deberá el interesado contactarse y solicitar su autorización de Uso de Marca.

Canal Verde y/o Levante Autorizado:
Para las acciones correspondientes de inmovilización, la autoridad aduanera solo procede cuando la carga en referencia cuenta con levante autorizado. Antes de ello, la carga sigue su procedimiento habitual, tales como canal rojo, inspecciones, previos. Esto quiere decir que incluso si el importador cuenta con levante autorizado, no podrá disponer de la mercancía si existe una alerta por parte de la Autoridad, del almacén, de oficiales y/u otra entidad correspondiente. El importador se entera de alguna acción de Indecopi cuando ya ha pagado sus impuestos. En las cláusulas de notificación de Indecopi expresa sanciones muy drásticas si el almacén aduanero libera la carga al importador.

Marcas/Productos no Registradas:
Las Marcas registradas tienen múltiples matices, depende en gran medida de la categoría que representan y al daño/perjuicio que genera a una marca. En ese sentido no todos los productos que llevan marca son intervenidos por Indecopi. E incluso si son intervenidas, tienen un plazo de ley para liberar y/o que se apersone el representante de la Marca/Producto, en caso no se pronuncie, se libera la carga.

Registradores fantasmas:
Podría llamarse así a aquellas “negociantes”, que, sin ser dueños de la marca, sin ser importadores de la marca, sin ni conocer al productor y/o hayan comprado solo pocas cantidades de un “producto estrella”, REGISTRAN la marca, el producto y la categoría y realizan la respectiva denuncia ante Indecopi y aduanas. ¿Cuál es el fin? Negociar y obtener jugosas compensaciones monetarias por el uso de la Marca que según “ley”, les pertenece. Se habrá visto tanta viveza. Y nuevamente…

Esta es la casa del jabonero. El que no cae, resbala.

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